Para poder casarse civil y legalmente en la ciudad de Barcelona, aparte de poder hacerlo en el Registro Civil como hemos comentado en un anterior artículo, los novios también lo pueden hacer en el Ayuntamiento o Sedes de Distrito de la ciudad. Aquí os explicamos qué pasos se han de seguir:
¿QUIÉN LO PUEDE PEDIR?
- Cualquier persona mayor de edad.
- Los menores de 14 a 16 años deberán obtener previamente el permiso del Registre Civil.
- Los menores de 16 a 18 años podrán ser emancipados por concesión de sus padres o de los que ostenten la patria potestad, y hecha la emancipación solicitarán certificación literal de nacimiento con inscripción marginal de la mencionada emancipación.
CÓMO SE PUEDE HACER EL TRÁMITE
1. Los interesados deben tramitar previamente el correspondiente expediente matrimonial en el Registro Civil de Barcelona aportando la documentación que se indica en el trámite de matrimonio en el Registro Civil (ver artículos: Matrimonio Civil: requisitos e información útil). Para poder tramitar el expediente en el Registro Civil de Barcelona, al menos uno de los dos contrayentes debe estar empadronado en Barcelona.
2. Una vez el juez encargado del Registre Civil dicte la resolución del mencionado expediente, los interesados en casarse en el Consell Municipal de Districte o Sede de Distrito, se dirigirán al correspondiente distrito con la fotocopia del DNI de los contrayentes, fotocopia del DNI de los dos testigos y el oficio del expediente del Registre Civil de Barcelona.
3. En algunos casos el distrito correspondiente asignará en el momento el dia y hora de la ceremonia, en otros el Consell del Districte se pondrá en contacto con uno de los interesados para establecer dia y hora. Los matrimonios se celebrarán en la dependencia municipal que cada Consell de Districte determine.
En el Distrito de Sant Martí hay que dirigirse previamente a la Oficina de Atención al Ciudadano para recoger información y los impresos de solicitud.
La celebración se hará indistintamente en catalán o castellano, según se haya manifestado previamente.
4. En el caso que el ciudadano/ana quiera casarse en el Saló de Cent de l'Ajuntament de Barcelona, deberá presentar una instancia, indicando sobretodo la fecha de matrimonio. Recomendamos poner varias fechas pues suelen haber muchas solicitudes y sólo se celebran bodas muy pocos días al mes. Posteriormente, en el plazo de una semana o quince días se ha de llamar a la Oficina de Majordomia de la Plaza Sant Jaume, dónde a la vista de la solicitud les indicaran la disponibilidad de fechas para casarse (ver observaciones). Posteriormente, recibirá la respuesta del Departament de Relacions Públiques i Protocol indicando el día, la hora y la persona que lo celebrará (Teniente de Alcalde o Jefe de la Oposición).
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¿DÓNDE SE PUEDE PEDIR?
Oficina de Majordomia
Secr. Tecnicojurídica Dte. Ciutat Vella
Regidora Dte. l'Eixample
Regidora Dte. les Corts
Regidor Dte. Gràcia
Of. Atenció Ciutadà Dte. Horta-Guinardó
Comunicació i Qualitat Dte. Nou Barris
Of. Atenció Ciutadà Dte. Sants-Montjuïc
Secr. Tecnicajurídica Dte. Sant Andreu
Of. Atenció Ciutadà Dte. Sant Martí
Secr. Tecnicojurídica Dte. Sarrià-Sant G
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FECHAS
Días en que se celebran matrimonios civiles en los diferentes distritos y en el Saló de Cent:
- Ciutat Vella: un sábado al mes (a determinar).
- Eixample: el primer sábado de cada mes (puede cambiar si es festivo).
- Sants Montjuic: el primer sábado de cada mes.
- Les Corts: dos jueves por la mañana y un viernes por la tarde (por determinar) de cada mes.
- Sarrià-Sant Gervasi: dos sábados al mes (a determinar), no festivos.
- Gràcia: consultar el calendario en el Distrito.
- Horta Guinardó: dos sábados al mes, dependiendo de la agenda del Consell de Districte.
- Nou Barris: el segundo sábado de cada mes.
- Sant Andreu: el primer sábado de cada mes, no festivo.
- Sant Martí: los jueves laborables de 12:30 a 13:30 horas, primer sábado laborable de cada mes (en caso que sea festivo se traslada al siguiente sábado laborable), de 10 a 14 horas. No se celebran matrimonios el mes de agosto, ni por fiestas de Semana Santa y Navidad.
- Saló de Cent: normalmente el segundo viernes de cada mes entre las 17 y las 20 h. y los sábados por la mañana, siempre y cuando no haya ningún acto oficial. Las bodas en el Saló de Cent se realizan por riguroso orden rotatorio entre los tenientes de alcalde y los jefes de la oposición.
El mes de agosto no se celebran matrimonios. En Sant Martí tampoco en Semana Santa ni en Navidad.
OBSERVACIONES:
Ojo con escoger el Saló de Cent para celebrar el matrimonio, pues aunque es un lugar muy emblemático de Barcelona y de gran majestuosidad, además de ser un espacio ideal para bodas con gran número de invitados, hay que tener en cuenta por un lado, que debido a que es el salón oficial del Ayuntamiento, por un lado no hay muchos días y horas para elegir y por tanto suele haber una lista muy larga de espera (por eso recomendamos escoger varios días y horas). Pero es que además, los novios deben tener en cuenta que podría ser que su boda no acabara celebrándose allí, a pesar de haberse confirmado la reserva de día y hora. Y es que si el Ayuntamiento planea con posterioridad un acto oficial en dicho salón, este acto oficial tendrá prioridad sobre cualquier evento privado y por tanto los novios se verán obligados a celebrar su boda en otro recinto. El Ayuntamiento les deberá facilitar ese lugar, aunque ni mucho menos tendrá la solemnidad del Saló de Cent.
Por esa causa y también debido al aumento de bodas civiles en la ciudad de Barcelona, desde el año 2007 el Ayuntamiento ha habilitado el Salón Tapies del Edificio Forum como otro de los lugares oficiales para celebrar bodas civiles en la ciudad.
Por último, también recomendamos a los novios e invitados ser muy puntuales si os queréis casar tanto en el Ayuntamiento como en cualquier Sede de Distrito, y estar como mínimo media hora antes de la hora acordada para la celebración, pues como están las horas dadas no cabe retraso alguno.
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Fuente: Ajuntament de Barcelona
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